Insertar/Extintor portátil.

 Ayuda TK - SI  

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Elemento de tipo extintor portátil y móvil sobre ruedas. Representa tanto al propio elemento extintor como a la señal indicativa de su posición.

La librería del programa contiene varios símbolos de tipo Extintor portátil. en cuanto al cálculo, todos los símbolos se comportan de igual modo. En la leyenda de los detalles en planta se verá reflejado cada tipo de símbolo escogido como extintor.

Propiedades:

Referencia al espacio que pertenece: Se puede escoger modo Automático o bien forzar una referencia de espacio.

En modo automático, durante el cálculo, el programa asociará cada símbolo con el espacio donde esté insertado el mismo. Si por el diseño particular del espacio el  programa no es capaz de conocer el espacio al que pertenece podrá forzarlo manualmente seleccionando la referencia del espacio en la lista de referencias de este campo.

Extintor móvil sobre ruedas: Fuerza a definir el extintor como extintor móvil sobre ruedas; a su vez deberá seleccionar si es de 25 o 50 kg.

Normativa:

Los extintores portátiles son todos de eficacia 21A-113B.

Deberá instalarse uno cada 15 m de recorrido de evacuación en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.

También deberán instalarse en las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1 del DB-SI. Concretamente un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a la puerta de acceso, el cual podrá servir simultáneamente a varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se instalarán además los extintores necesarios para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el exterior, no sea mayor que 15 m en locales especial medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto.

Extintores móviles:

Son necesarios extintores móviles de 25 kg en espacios en locales de riesgo especial alto cuya superficie construida exceda de 500 m² por cada 2.500 m² de superficie o fracción en uso Hospitalario. Y en uso Comercial extintores móviles de 50 kg en toda agrupación de locales de riesgo especial medio y alto cuya superficie construida total exceda de 1.000 m² a razón de un extintor por cada 1.000 m² de superficie.